En esta agencia no proveemos ni permitimos la explotación sexual de Niñas, Niños y Adolescentes, ni cualquier otro ilícito penal del cual tomemos conocimiento en el desarrollo de nuestra actividad conforme a lo dispuesto en la ley N°29408

 

In this travel agency we do not promote o permit the sexual exploitation of girls, children and teenagers, nor any other crime of which we take knowledge in development of our activity, according to law N°29408.

 

En notre agence de voyages, nous luttons contre l’exploitation sexuelle de fillettes, jeunes garçons et adolescents et contre tout acte illicite dont nous prendrions connaissance dans le développement de nos activités conformément à la loi N°29408

 

Ley 30963 que modifica el código penal respeto a las sanciones del delito de explotación Sexual en sus diversas modalidades y delitos conexos para proteger con especial énfasis a las niñas, los niños y adolecentes

Ley 30802 que establece el protocolo para el ingreso de Niñas Niños y adolescentes a establecimientos de hospedaje afín de garantizar su protección e integridad

 

Que, asimismo el artículo 43 del Reglamento de la Ley General de turismo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, dispone la obligación, por parte de los prestadores de servicios de hospedaje, servicios de agencias de viajes y turismo y servicios de agencias operadoras de viajes y turismo, de colocar en un lugar visible del establecimiento un afiche u otro documento similar, que contenga información respecto de las disposiciones legales que sancionan penalmente las conductas vinculadas a la ESNNA;

 

Tel: 1818 Ministerio del Interior

Tel: 100 Ministerio de la Mujer y Poblaciones vulnerables

Tel : (01) 5136100 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo